Las líneas éticas, parte fundamental de los programas de cumplimiento normativo


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Uno de los requisitos que exige el Código Penal a los Programas de Cumplimiento Normativo es que establezcan en la empresa la obligatoriedad de informar de las infracciones legales de las que se tenga conocimiento. Obviamente, y más tratándose de informaciones potencialmente sensibles, no es posible imponer esta obligación sin facilitar a los empleados los canales adecuados para ello.

Los principales requisitos que debe tener un canal de información y denuncias son, por un lado, la garantía confidencialidad del empleado que los utilice y, por otro, el principio de no represalias por su utilización.

Si no existen estos canales, o éstos no garantizan los dos principios básicos, los empleados alegarán falta de garantías y podrían eludir, con este pretexto, su deber de informar. La empresa incumplirá en consecuencia uno de los requisitos que le permitirían que su Programa de Cumplimiento Normativo le eximiera de responsabilidad penal.

Actualmente la forma más sencilla es la de habilitar una cuenta de correo electrónico donde cualquier empleado pueda enviar sus informaciones o denuncias.

La duda surge cuándo se plantea cómo hacerlo. Una cuenta interna de la empresa puede generar susceptibilidades en cuanto quién será el receptor del mensaje y puede, para los empleados más susceptibles, generar las suficientes dudas para provocar que no sea utilizada.

Por ello la forma más eficaz de implementar una línea ética es externalizarla, preferentemente a un despacho de abogados, firmando un contrato que regule su funcionamientos y la confidencialidad de las informaciones recibidas. La propia Fiscalía General del Estado, en su circular 1/2016, recomienda externalizar este servicio afirmando que  serán “… más utilizados y efectivos cuando son gestionados por una empresa externa, que puede garantizar mayores niveles de independencia y confidencialidad.”

Hay un efecto adicional que se produce cuando la línea ética se externaliza, se evita que sea utilizada indebidamente o de mala fe. El empleado sabe que al igual que el despacho de abogados garantiza la confidencialidad, tratará y dará curso a las informaciones y denuncias recibidas con igual rigor.Una parte fundamental de los Programas de Cumplimiento Normativo es la obligación de informar, lo cual implica establecer los canales que la faciliten.

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